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¿Cuál es la deducción por inversión en España?

Elvira Esparza - 22/04/2024
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La deducción por vivienda habitual permite al propietario deducirse parte del dinero que abona en su hipoteca o en una reforma.

Hacienda suprimió la deducción por la compra de vivienda habitual en 2013. Sin embargo, es posible aplicar esta deducción si el contribuyente cumple ciertas condiciones. ¿Quién tiene derecho a deducción por vivienda habitual?

  • La vivienda debe ser su residencia habitual.

  • Debió haberse adquirido antes del 1 de enero de 2013 o, si se han pagado cantidades por rehabilitación u obras, también con carácter previo a 2013 (las obras tuvieron que finalizar antes del 1 de enero de 2017).

  • Haber aplicado esta deducción en la Renta de 2012 o antes.

¿Qué se considera vivienda habitual?

Según Hacienda, para que una vivienda sea considerada como habitual debe cumplir dos requisitos:

  • El titular debe haber residido en ella de forma continuada durante al menos 3 años, aunque Hacienda también la considerará vivienda habitual si no se cumple este plazo por causas como fallecimiento, matrimonio, separación, traslado laboral o por la obtención del primer empleo.

  • El propietario debe habitar la vivienda de manera efectiva y permanente en un plazo no superior a 12 meses desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.

A efectos de la deducción, también se consideran como vivienda habitual los anexos como jardines, parques, piscinas o instalaciones deportivas siempre que se adquieran conjuntamente con la vivienda y las plazas de garaje, con un máximo de dos.

¿Cuánto me puedo deducir por vivienda habitual?

La cantidad máxima que se puede deducir por adquisición de vivienda habitual si cumple los requisitos anteriores es el 15% de la cantidad invertida anualmente en la hipoteca. Esta cifra puede llegar a un máximo de 9.040 euros. En total, la cantidad máxima que se puede desgravar es de 1.356 euros en la deducción de la hipoteca de la vivienda habitual.

Por ejemplo, si se ha pagado este año 10.000 euros en la hipoteca, sólo es posible deducir 1.356 euros (es decir, el 15% del límite máximo anual de 9.040 euros). Estos 1.356 euros se restarían de la cuota íntegra del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) que se tendrá que pagar.

Estos límites se aplican tanto a declaraciones individuales como conjuntas. En el caso de que se realicen declaraciones individuales, cada titular de una hipoteca tiene derecho a una deducción del 15% sobre el importe destinado a su préstamo hipotecario durante el ejercicio (con el tope de 9.040 euros). Si los titulares optan por hacer declaraciones individuales, entre ambos pueden alcanzar los 18.080 euros de desgravación en el IRPF.

Es decir, que al hacer declaraciones individuales podría lograrse un ahorro que sumara hasta 2.712 euros, mientras que si se realiza una declaración conjunta, la deducción del 15% solamente se aplica para un máximo de 9.040 euros, por lo que el ahorro anual alcanzaría como tope 1.356 euros.

¿Qué otros gastos me puedo desgravar de mi vivienda habitual?

Además de la cuota hipotecaria, también se puede aplicar la desgravación por vivienda habitual en los siguientes gastos:

  • Seguros de vida y hogar si son obligatorios al contratar la hipoteca o bonifican el tipo de interés.

  • Gastos notariales, de gestoría y tasación.

  • Gastos de la escritura.

  • Gastos de cancelación hipotecaria.

Puede interesarte: Seguro de vida en una hipoteca: ¿es obligatorio?

¿Cuáles son las deducciones autonómicas por vivienda habitual?

Además de la posibilidad de acogerse a una deducción estatal si se cumplen las condiciones requeridas, existen deducciones autonómicas por la compra de vivienda habitual. Estos beneficios fiscales varían en función de cada territorio y pueden cambiar de un ejercicio a otro.

De cara a la campaña de la renta 2024, correspondiente al ejercicio 2023, estas son las deducciones por vivienda habitual a nivel autonómico:

  • Andalucía: 5% si los compradores son menores de 35 años o si la casa es de protección oficial.

  • Aragón: 3% para las víctimas de terrorismo y del 5% para menores de 36 años que compren su primera vivienda en núcleos de menos de 3.000 habitantes.

  • Asturias: 3% para contribuyentes con discapacidad y del 5% al 10% si se adquiere en concejos en riesgo de despoblación, son menores de 35 años, familia numerosa o monoparental.

  • Canarias: El 3,5% de las cantidades pagadas si la suma de las bases imponibles general y del ahorro es inferior a 16.500 euros. En el caso de que esa cantidad esté entre 16.500 euros y 33.000 euros, el porcentaje de deducción es del 2,5%. 

  • Cantabria: 15% en obras realizadas en la vivienda con un límite de 1.000 euros.

  • Castilla-La Mancha: 15 % por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas escasamente pobladas (menos de 5.000 habitantes).

  • Castilla y León: 15% en viviendas adquiridas por menores de 36 años en núcleos con escasa población y 7,5% en adquisición de viviendas de nueva construcción.

  • Cataluña: 1,5% por rehabilitación de la vivienda habitual (la base máxima de esta deducción se establece en un importe de 9.040 euros anuales). Aunque, como en otras comunidades autónomas, se mantiene el 7,5% del tramo autonómico de deducción por inversión en vivienda habitual, si se trata de obras de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad se aplica un 15%. Además, será posible implementar un porcentaje incrementado del 9% en determinadas situaciones, como tener menos de 32 años, haber estado en el paro durante 183 días o más, tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% o formar parte de una unidad familiar que incluya por lo menos un hijo. Para disfrutar del 9% de deducción es necesario que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no exceda de 30.000 euros.

  • Comunidad de Madrid: 25% con un límite de 1.031 euros en los intereses de la hipoteca joven para menores de 30 años y del 10% por adquisición de vivienda por nacimiento o adopción de hijos (con un límite máximo de 1.546,50 euros).

  • Comunitat Valenciana: 5% en la primera vivienda para menores de 35 años si se compra con ayudas públicas o en municipios con riesgo de despoblamiento. También 112 euros por contribuyente siempre que haya efectivamente destinado, durante el período impositivo, a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual cantidades procedentes de una subvención a tal fin concedida por la Generalitat.

  • Extremadura: 3% vivienda para jóvenes y víctimas del terrorismo y 5% en localidades de menos de 3.000 habitantes.

  • Galicia: 15% en la adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo. También el 15% de las cantidades invertidas en el ejercicio en la rehabilitación de inmuebles que sean propiedad del contribuyente situados en los centros históricos.

  • La Rioja: 15% vivienda habitual jóvenes menores de 36 años, el 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio en la adquisición, rehabilitación o construcción de la vivienda habitual en pequeños municipios y el 8% para segunda vivienda en el medio rural.

  • Murcia: 5% vivienda habitual jóvenes menores 35 años y 10% para la adquisición de una vivienda habitual por parte de familias numerosas.

Si estás interesado en contratar un préstamo hipotecario puedes consultar cuando lo desees las hipotecas de Banco Sabadell. Allí encontrarás, además de información de interés, la posibilidad de realizar una simulación hipotecaria1 con las condiciones que elijas.

En cualquier caso, puedes recurrir a un experto de Banco Sabadell para que te aconseje sin ningún compromiso. Puedes solicitar una cita con uno de nuestros especialistas.

1 El resultado de esta simulación será de carácter publicitario y orientativo basado en datos provisionales. Para elaborarla, nos basaremos en las condiciones actuales del mercado y en los datos que nos facilites a través de las próximas pantallas. Si deseas solicitar una hipoteca una vez veas el resultado de tu simulación, deberás contactar con nosotros para obtener más información y recibir tu oferta personalizada.

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Tu hogar, tu coche y tus seguros   - 24/02/2025

¿Qué tipo de hipotecas se contratan más en España? Banco Sabadell, Publicidad

De los tres tipos de hipotecas que existen en España según el tipo de interés -hipotecas fijas, hipotecas variables e hipotecas mixtas-, las más contratadas son, con diferencia, las hipotecas fijas. Habitualmente, las personas que apuestan por este tipo de préstamos hipotecarios suelen preferir la seguridad de saber en todo momento la cuota que tendrán que pagar. A continuación, analizamos qué tipo de hipotecas se contratan más en España y por qué.

Principales tipos de hipotecas según el tipo de interés

Aunque existen diversas maneras de clasificar las hipotecas, una de las más utilizadas es según el tipo de interés que aplica. Así, existen tres tipos de hipotecas:

  • Hipoteca fija. En una hipoteca fija, el interés no varía durante toda la vida del préstamo hipotecario. Para el titular de la hipoteca significa que siempre pagará la misma cuota. Por regla general, el tipo de interés que ofrece una hipoteca a tipo fijo es mayor que en el caso de las hipotecas a tipo variable o mixtas.
  • Hipoteca variable. El tipo de interés depende de un índice de referencia que, en España, suele ser el euríbor, al que se le aplica un diferencial. Periódicamente, la cuota de una hipoteca variable se revisa según cómo haya evolucionado la cotización del euríbor. Así, si el euríbor sube, así lo hará también la cuota mensual del préstamo. Una inflación elevada o una menor liquidez en el mercado interbancario suele hacer que el euríbor evolucione al alza.
  • Hipoteca mixta. En esta hipoteca el tipo de interés es fijo durante los primeros años y luego pasa a ser variable. 

Antes de elegir entre uno de estos tipos de hipotecas es muy útil dejarse asesorar por un experto del banco y utilizar un simulador de hipotecas para conocer las diferencias que existen entre los distintos préstamos.

¿Cuál es el tipo de hipoteca que se contrata más en España y por qué?

Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), el 62,7% de las hipotecas que se constituyen en España es a tipo fijo, mientras que el 37,3% es a tipo variable o mixto. Más o menos esta diferencia se ha mantenido estable a lo largo de la última década, a pesar de que hubo momentos en los que el euríbor cotizó a la baja, abaratando las cuotas de las hipotecas variables. Incluso en esa coyuntura, los nuevos propietarios siguieron confiando más en las hipotecas a tipo fijo.

Pero, ¿por qué contratar una hipoteca fija? Por regla general, una hipoteca a tipo fijo está indicada para los propietarios de una vivienda que tienen un perfil más conservador, ya que quieren garantizarse una cuota fija durante toda la vida de la hipoteca. Contratando una hipoteca de este tipo no tendrán ninguna presión por saber la evolución que tendrá el euríbor en el futuro. En cambio, las hipotecas variables y las mixtas están dirigidas a personas que, normalmente, creen que, a largo plazo, ahorrarán parte del coste de la hipoteca gracias a que la cotización del euríbor bajará.

España es un país de tradición conservadora en el ámbito financiero ya que, habitualmente, han sido más populares los productos de inversión de menor riesgo para los ahorradores, como los depósitos a plazo fijo o los fondos de inversión de renta fija. Algo que parece que se traslada también al sector de las hipotecas. 

¿Qué otros tipos de hipotecas también se contratan en España?

Además de por el tipo de interés, es posible clasificar las hipotecas de acuerdo a otros parámetros, como el tipo de clientes a las que van dirigidas o por la clase de inmueble que van a financiar. 

Por ello, también es posible encontrar otros tipos de hipotecas, como, por ejemplo, hipotecas para funcionarios, hipotecas inversas, hipotecas para segundas residencias o hipotecas autopromotor

Fotografía de Freepik

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Cuentas y tarjetas   - 24/02/2025

Cheques bancarios: ¿qué son y qué tipos existen? Banco Sabadell, Publicidad

Un cheque bancario es un documento financiero que se utiliza como orden de pago que se da al banco para que se pueda abonar cierta cantidad de dinero a un tercero, llamado beneficiario. Emitir un cheque ofrece ventajas tanto para el emisor como para el beneficiario. Pueden establecerse diferentes tipos de cheques bancarios según diferentes factores como su forma de cobro, a quiénes van dirigidos o de acuerdo al uso que van a tener. A continuación, analizamos qué es un cheque y qué clases existen.

¿Qué es un cheque?

Un cheque es un documento que un emisor extiende a un beneficiario en el que indica la cantidad de dinero que debe retirarse de la cuenta bancaria del primero en favor del beneficiario. Según la Ley 19/1985 de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, un cheque debe hacerse efectivo justo en el momento en el que se presenta y, sin restricción alguna, si se intenta cobrar dentro de los plazos previstos.

Los cheques ofrecen ventajas para el tomador y para el beneficiario. Al tomador le otorga la posibilidad de abonar el dinero sin tener por qué contar con efectivo en ese momento, ya que es posible diferir la emisión del cheque hasta que estime que va a tener fondos suficientes. En el caso del beneficiario, la principal ventaja es que le da la seguridad de que al cobrarlo recibirá el dinero físico que aparece recogido en el documento.

Para que un cheque sea considerado legal en España debe contener:

  • Fecha de emisión.
  • Denominación específica como cheque.
  • Mandato de pagar una cantidad de dinero.
  • Datos de la entidad bancaria, código cuenta cliente e IBAN (International Bank Account Number).
  • Importe económico expresado en números y letras.
  • Beneficiario para el que se emite el cheque o, en su defecto, la denominación ‘al portador’.
  • Lugar de emisión.
  • Serie, tipo y número del cheque.
  • Firma del emisor.

Los cheques pueden clasificarse según su destinatario, en virtud de la forma de cobro que tengan o de acuerdo a su emisor y su uso.

Tipos de cheques según su destinatario

Es posible clasificar los cheques según su destinatario en:

Cheque nominativo

Es aquel cheque que solo puede ser cobrado por aquella persona cuyo nombre aparece reflejado en él. Los cheques nominativos pueden incluir cláusula “a la orden”, que permite expresamente su endoso o traspaso a otra persona, o la cláusula “no a la orden” que impide su transmisión mediante endoso.

Cheque al portador

Pueden cobrarlo todas personas que físicamente tengan el cheque.

Tipos de cheques según su forma de cobro

De acuerdo a la forma de cobro que tengan los cheques pueden clasificarse en:

Cheque en efectivo

Sólo es posible cobrar un cheque en efectivo si en el documento no especifica ‘Ingresar en cuenta’. Es posible cobrar un cheque en efectivo en una sucursal del banco o en un cajero automático. Siempre es necesario identificarse si se pretende cobrar un cheque en efectivo por importe igual o superior a 1.000 euros o si, siendo inferior, el banco considera que hay indicios de posible blanqueo de capitales.

Cheque para abonar en cuenta

Es aquel cheque en el que está especificado de manera expresa que se debe abonar en cuenta.

Cheque cruzado

Solo permite su cobro por medio de un banco. Cruzar un cheque consiste en dibujar dos barras paralelas en la primera cara. En el caso de que una persona sea cliente del banco que debe pagarlo, es posible cobrarlo en efectivo.

Cheque conformado

En un cheque conformado, el banco asegura previamente a quien lo va a cobrar que la persona que lo ha expedido tiene fondos suficientes para que se complete la operación. A este fin, el banco retiene la cantidad recogida en el cheque junto a la comisión que corresponda.

Tipos de cheques según su emisión y uso

Según su emisión y uso, los cheques también pueden clasificarse en:

Cheque en blanco

En un cheque en blanco el emisor ha dejado algunos datos sin completar, permitiendo al destinatario rellenarlos posteriormente. Este tipo de práctica puede conllevar algunos riesgos para el emisor, por lo que sólo es aconsejable emitir un cheque en blanco a alguien de confianza.

Cheque endosado

Es un cheque nominativo que se entrega a otra persona a través de un endoso, en el que el beneficiario, cuyo nombre está por escrito en el cheque, escribe en el mismo documento el nombre del nuevo beneficiario y lo firma.

¿Es importante tener una cuenta para gestionar los cheques?

Aunque no es necesario tener una cuenta bancaria para cobrar algunos tipos de cheques, contar con una facilita tanto su cobro como la gestión de las finanzas de una persona. 

Además, es importante tener presente que el plazo para el cobro de un cheque emitido en España es de 15 días desde su fecha de emisión. Ingresar un cheque en una cuenta bancaria online agiliza su cobro y, tanto para computar un ingreso como la emisión de un cheque, hay que acceder a la cuenta a través del servicio de banca digital y pinchar en la opción de Cuentas y Cheques. Averigua cómo ingresar un cheque en una cuenta bancaria o a través del cajero automático.

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Cuentas y tarjetas   - 24/02/2025

¿Qué es una transferencia periódica? Banco Sabadell, Publicidad

Una transferencia periódica es una orden permanente de pago que permite a una persona dar instrucciones al banco para enviar una cantidad fija de dinero a la cuenta de un tercero en intervalos de tiempo programados. El ordenante de una transferencia periódica es quien la controla en todo momento, ya que de él depende configurarla, fijar el importe y programar la frecuencia de los pagos. A continuación, explicamos en qué consiste una transferencia periódica, qué ventajas ofrece y cómo programarla desde la app del banco.

Beneficios de las transferencias periódicas

La principal ventaja de una transferencia periódica es que ofrece la posibilidad al titular de una cuenta bancaria de automatizar los pagos recurrentes, como el alquiler de la vivienda o el envío de dinero a una cuenta de ahorro. Gracias a esta automatización, podrá tener la certeza de que el dinero llega puntualmente a la cuenta de destino que desee, ahorrando tiempo y evitando posibles olvidos.

Además, programar una transferencia desde el móvil a través de la app del banco es un proceso rápido y sencillo, que se puede realizar en cualquier momento y lugar. 

¿Cómo se programa una transferencia periódica? 

Para programar una transferencia periódica en Banco Sabadell sólo es necesario seguir estos pasos: 

  • Acceder a la cuenta de usuario a través de la app o de la página web del banco. Dentro, hay que pinchar en ‘Haz una transferencia’ que se encuentra dentro de la sección ‘Enviar dinero’. 
  • Escoger el tipo de transferencia. Una vez aquí, hay que escoger la opción de ‘Órdenes permanentes’, añadir el IBAN del beneficiario, su nombre completo, el importe y la frecuencia de la transferencia.
  • Revisar los datos. Es oportuno comprobar los datos del destinatario y la cuantía de dinero a enviar.
  • Confirmar la transferencia. Para confirmarla, es necesario introducir la firma digital.

¿Cómo se anula una transferencia periódica?

Para anular una transferencia periódica simplemente hay que repetir los mismos pasos que a la hora de programarla. Se deberá pinchar sobre una que ya se encuentre en activo y buscar la opción de anulación de la orden de pago periódica. Siguiendo los pasos que se indiquen, se podrá completar el proceso sin problema.

¿En qué casos son útiles las transferencias periódicas?

Las transferencias periódicas son ideales para realizar pagos regulares y recurrentes de una cantidad fija que no cambia de un mes a otro. Algunos de los casos más comunes en los que se utilizan este tipo de transferencias son el pago del alquiler de la vivienda o el envío de dinero a una cuenta conjunta para la economía familiar.

Disponer de una cuenta online para realizar estas transferencias periódicas ofrece, además, la facilidad de hacer todos los trámites desde el móvil, en cualquier lugar.

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